Se permiten las demandas colectivas bancarias

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 21 de octubre, ha admitido la posibilidad de que se planteen demandas colectivas en relación con las reclamaciones de afectados por productos bancarios complejos y de riesgo.

Las razones en las que se apoya el Tribunal son motivos de economía procesal, al resolverse en una sola sentencia todas las pretensiones sin que cada perjudicado deba interponer su demanda por separado, y evitando con ello las sentencias contradictorias, resolviéndose cuestiones similares de distinto modo. Además, entiende que no está justificado que se dupliquen pruebas sobre hechos muy similares.

La sentencia anula la de la Audiencia Provincial de Madrid, la cual estimó que se había producido una indebida acumulación de acciones de los recurrentes, archivando la causa sin entrar en el fondo y abocándoles a plantear sus demandas individualmente.

Aunque la Audiencia Provincial se apoyaba en que no había una identidad total en los títulos y motivos en los que basaban las peticiones, el Tribunal sigue la doctrina de una interpretación flexible, al considerar que en lo fundamental, los hechos relevantes y uniformidad de peticiones dirigidas frente a una misma entidad bancaria, se entiende cumplido el requisito de la conexión, que es el necesario para poder acumular las acciones en una sola demanda.

Además, la Sala entiende que no se encuentra justificado que se tramiten las acciones de cada perjudicado en procedimientos diferentes, repitiéndose los mismos interrogatorios de las partes y haciendo comparecer en cada uno de los procesos en los distintos juzgados a los mismos testigos y peritos que han emitido los informes, con el consiguiente coste para las partes y en particular para los demandantes.

Por otra parte, apunta el Tribunal, se corre el riesgo de que las declaraciones que se realicen en los litigios que se tramiten en primer lugar, puedan tener una influencia negativa en las declaraciones a las que se les someta en los procesos posteriores.

De la sentencia se han hecho eco los distintos medios de comunicación por su relevancia, debido a la gran cantidad de procesos abiertos, entre ellos recomendamos:

Artículo / Economia.elpais.com